
4ª SESION ORDINARIA - 6ª REUNION.
15 DE MAYO DEL 2013.
EXPEDIENTE 4084-102HCD/13
VISTO:
Los trabajadores municipales que concurrieron a la Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de Patagones, llevada a cabo en el día de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que, en cuarto intermedio gravado, los trabajadores y familiares de los mismo han realizado una denuncia pública por violencia laboral de parte de sus jefes y/o terceros,
Que, la Ley Provincial Nº 13.168, establece:
ARTÍCULO 1: Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia ejercer sobre otro las conductas que esta Ley define como violencia laboral en el ámbito de los tres poderes del estado provincial, entes autárquicos y descentralizados y los municipios.
ARTICULO 2: A los efectos de la aplicación de la presente Ley, se entiende por violencia laboral el accionar de los funcionarios y/o empleados públicos o terceros vinculados directa o indirectamente con ellos, que valiéndose de su posición jerárquica o de circunstancias vinculadas con su función, incurran en conductas que atenten contra la dignidad, integridad física, sexual, psicológica y/o social del trabajador o trabajadora, manifestando un abuso de poder llevado a cabo mediante amenaza, intimidación, amedrentamiento, inequidad salarial, acoso, maltrato físico, psicológico y/o social,Que, la Ordenanza Municipal Nº 61/06, establece:
ARTICULO 8: Ningún trabajador que haya denunciado ser víctima de las acciones enunciadas en el artículo 2º de la presente Ordenanza, o haya comparecido como testigo de las partes podrá por ello ser sancionado, ni despedido, ni sufrir perjuicio personal alguno en su empleo,
Que, de acuerdo a lo expuesto por los trabajadores municipales que realizaron la denuncia, los maltratos recibidos en su trabajo han afectado su dignidad y en otros casos sus salarios, situación por la que ningún trabajador debe atravesar,
Que, se pone a disposición del Departamento Ejecutivo la grabación del testimonio de los tres denunciantes, audio que se anexa al presente para que tenga la totalidad de la información expuesta por ellos,
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario solicitar al Departamento Ejecutivo informe acerca cuáles serán las medidas a tomar por parte del Departamento Ejecutivo con respecto a las situaciones denunciadas,
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY; SANCIONA CON FUERZA DE:
PEDIDO DE INFORMES
ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe este cuerpo, la situación laboral de cada uno de los trabajadores denunciantes e informe las medidas a tomar con respecto a la denuncia realizada por los tres trabajadores municipales que han concurrido a la Sesión.
ARTÍCULO 2º: Registrar, hacer cumplir, comunicar a quienes corresponda, pasar al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento y/o conocimiento. Hecho vuelva al Honorable Concejo Deliberante para su archivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 4TA SESION ORDINARIA DEL DIA 15/05/2013, 6ª REUNION, APROBADO POR UNANIMIDAD
BLOQUE UNION CIVICA RADICAL.